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La plataforma de servicios para personas cuidadoras no profesionales incorporará estancias de Respir

La plataforma de servicios para personas cuidadoras no profesionales que el año pasado pusieron en marcha el Departamento de Acción Social y Ciudadanía y la Obra Social de Caixa Catalunya incorporará este año estancias de respiro. Este servicio, que también contará con el apoyo de la Diputació de Barcelona, ofrecerá a las personas cuidadoras la posibilidad de ingresar durante períodos limitados a la persona dependiente en una residencia con el objetivo de evitar la sobrecarga que le suponga esta tarea. Se prevé atender a unas 2.500 personas.

6 de mayo de 2010

Las estancias de Respiro servirán para mejorar la calidad de vida de las personas cuidadoras, ya que la atención continuada a grandes dependientes puede causar estrés y depresión. La estancia de la persona dependiente la financiará la plataforma, y los ayuntamientos y consejos comarcales serán los encargados de seleccionar los beneficiarios, ya que conocen mejor sus perfiles, a través de los trabajadores sociales.
 
En paralelo a las estancias de Respiro, la plataforma de servicios también programará 300 nuevos cursos de formación básica y especializada para personas cuidadoras no profesionales. También se constituirán los primeros grupos de ayuda mutua, en los que se integrarán unas 500 personas.
 
Acción Social también ampliará la prestación de asistente personal
 
Por otra parte, el Departamento de Acción Social también aprobará en las próximas semanas la ampliación de la prestación de asistente personal a todos los grados de dependencia. Cataluña se convertirá así en la única comunidad que dará esta ayuda a todas las personas con dependencia que lo soliciten y que, lógicamente, cumplan los requisitos para acogerse.
 
Cataluña ya fue pionera hace dos años en fijar una regulación básica de la prestación de asistente personal. Entonces se establecieron dos modalidades: acompañamiento a actividades laborales y/o formativas, por un lado, y apoyo a la vida autónoma, de la otra.
 
Prestación de acompañamiento a actividades laborales y/o formativas
 
Este servicio está destinado a facilitar el acceso a la realización de las actividades educativas o laborales regulares. En este caso, la asistencia personal se prestará por un período máximo de 80 horas mensuales.
 
Prestación de apoyo a la vida autónoma
 
Este servicio incluye acciones de acompañamiento y apoyo a gestiones exteriores en el domicilio, así como de acompañamiento y apoyo a la accesibilidad laboral, educativa y de promoción de la participación social. En esta modalidad la asistencia se prestará por un periodo superior a 80 horas mensuales.
 
Con la nueva regulación, el asistente personal será una prestación garantizada para personas dependientes de grado III. Para el resto de dependientes, así como para las personas con una discapacidad superior al 75%, la concesión de esta prestación quedará sujeta a la disponibilidad presupuestaria.

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